MIÉ/MAR/08/2023
Los términos establecidos para dar respuesta a una PQRSD de acuerdo con la Ley 1755 de 2015 básicamente son los siguientes: Quince (15) días hábiles para dar respuesta a las peticiones generales, quejas, reclamos.
De acuerdo con la Ley, mediante la cual se regula el derecho fundamental de petición, estos son los tiempos de respuesta a las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncia, solicitud de documentos y otras, presentadas a esta entidad:
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