De acuerdo con el Decreto No. 176 del 27 de julio de 2020 de la Alcaldía de Bogotá, y al numeral 5. TRABAJO EN CASA de la Circular 013 de 2020 de RTVC, se hace necesaria la aplicación de las siguientes medidas:
• Personas con obesidad, diabetes, hipertensión o mayores de 60 años
No podrán realizar trabajo o prestar sus servicios de manera presencial en las instalaciones de RTVC (sede CAN y Descentralizadas) las personas (servidores públicos, practicantes, aprendices y contratistas) que sufran de estas patologías, o que sean mayores de 60 años.
Estas personas deberán realizar trabajo en casa y tomar todas las medidas de autocuidado preventivas como el distanciamiento social y el uso del tapabocas.
Quienes presenten estas patologías, o pertenezcan a este grupo de edad, deberán acreditarlo por correo electrónico dirigido al supervisor, tutor o jefe inmediato con copia al correo gestionhumana@rtvc.gov.co
• Mejoramiento de los mapas epidemiológicos
Quienes se realicen pruebas para COVID19 y resulten como casos positivos, deberán reportar por medio de la página de Bogotá Cuidadora (https://bogota.gov.co/bogota-cuidadora/) los síntomas y los contactos de las personas con las que tuvieron contacto estrecho.
• Aislamiento a todas las familias con casos positivos
Cuando se presente un caso positivo o sospechoso en la familia con la que convive el servidor público, practicante, aprendiz o contratista de RTVC que preste trabajo presencial, deberá cambiar de inmediato a realizar trabajo en casa por un mínimo de 14 días.
Una vez confirmada esta situación, deberán acreditarla por correo electrónico dirigido al supervisor, tutor o jefe inmediato, con copia al correo gestionhumana@rtvc.gov.co, y remitir el resultado de la prueba correspondiente.
Finalmente se recuerda que:
Solo podrán asistir a las instalaciones de RTVC (sede CAN y Descentralizadas) aquellas personas cuya presencia sea estrictamente necesaria para la prestación del servicio de RTVC, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 4.3. Condiciones para el trabajo o prestación de servicio presencial de la Circular 013 de 2020.
Nadie que presente síntomas asociados a COVID19 podrá realizar prestación de servicios presencial en las instalaciones de RTVC (sede CAN y Descentralizadas), y deberá informar esta situación por correo electrónico al supervisor, tutor o jefe inmediato con copia a gestionhumana@rtvc.gov.co